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 Normativa >> Ley 8634 >> Fecha 23/04/2008 >> Articulo 25
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Normativa - Ley 8634 - Articulo 25
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Artículo 25
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ARTÍCULO 25.- Traslado de operaciones

Se trasladan al Fonade(*), para su administración, la cartera activa de préstamos y las obligaciones existentes de los siguientes fideicomisos:

(*) (Así modificada su denominación por el artículo 3° de la ley N° 9654 del 14 de febrero del 2019. Anteriormente se indicaba: “Finade”)

a) Fideicomiso de Reconversión Productiva 520-001 CNP/BNCR.

b) Fideicomiso 5001-001 Incopesca/Banco Popular, creado por la Ley N.º 7384, de 16 marzo de 1994, y sus reformas.

c) Fideicomiso 05-99 MAG/PIPA/Bancrédito.

d) Fideicomiso N.º 248 MAG/BNCR, creado por la Ley N.º 7170, de 24 de julio de 1990.

e) Fideicomiso para la Protección y el Fomento Agropecuarios para Pequeños y Medianos Productores (Fidagro), creado por la Ley N.º 8147, y sus reformas.

f) Fideicomiso N.º 13-2001 MAG-Prodapén.

Las condiciones de los préstamos y las obligaciones por administrar serán las mismas pactadas en el fideicomiso de origen y sus reformas.

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