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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 02/06/2008 >> Articulo 10
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10

 

Artículo 10.—Confidencialidad respecto de los informes de diversos asuntos de control interno. Estos informes una vez comunicados a la Administración Activa, son de libre acceso por parte de cualquier persona pública o privada que ostente y acredite un interés público para ello, sea o no sujeto pasivo de fiscalización, no existiendo ninguna restricción ulterior en cuanto a su acceso.


 

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