SECCIÓN III
SECCIÓN III
Otros aspectos relativos al funcionamiento
Artículo 37.—Evidencia suficiente, competente y pertinente. Durante la ejecución
de los servicios de auditoría, se obtendrá material de evidencia suficiente,
competente y pertinente por medio de inspecciones, observaciones,
investigaciones, indagaciones, confirmaciones, con el objetivo de sustentar los
hallazgos encontrados y fundamentar las conclusiones de los informes de la
mejor manera posible. Dichos documentos
conformarán los registros de trabajo, los cuales son escritos o en medios
electrónicos elaborados o recopilados por el auditor o auditora a cargo del
servicio de fiscalización correspondiente.
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