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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 02/06/2008 >> Articulo 56
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 56
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Artículo 56
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Artículo 56

 

Artículo 56.—Respaldo al personal de la Auditoría Interna. Cuando el personal de la Auditoría Interna, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o una demanda, el Poder Judicial dará todo su respaldo tanto jurídico como técnico y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución final, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Nº 8292.

 


 

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