Artículo 5º—Independencia y objetividad
Artículo 5º—Independencia y objetividad. La actividad de Auditoría Interna al
determinar su planificación y sus modificaciones, al manejar sus recursos, así
como al desempeñar su trabajo y al comunicar sus resultados, debe estar libre
de injerencias del Concejo Municipal y de los demás órganos de la
administración activa.
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