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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 03/06/2008 >> Articulo 5
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Independencia y objetividad

 

Artículo 5º—Independencia y objetividad. La actividad de Auditoría Interna al determinar su planificación y sus modificaciones, al manejar sus recursos, así como al desempeñar su trabajo y al comunicar sus resultados, debe estar libre de injerencias del Concejo Municipal y de los demás órganos de la administración activa.

 


 

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