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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34575 >> Fecha 10/03/2008 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34575 - Articulo 20
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Artículo 20    (No vigente*)
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Artículo 20

Artículo 20.—Funciones del Subauditor. Las funciones del Subauditor, entre otras afines a su cargo que le asigne el Auditor General y las establecidas en el manual de cargos del Ministerio de Salud, son:

a)  Sustituir al Auditor General en sus ausencias temporales.

b)  Colaborar con la organización, planificación y dirección de las actividades de la Auditoría Interna.

c)  Asignar tareas y fijar plazos para el cumplimiento de las metas y objetivos propuestos en el Plan de Trabajo de la Auditoría Interna.

d)  Supervisar el personal, dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los estudios que realiza la Auditoría Interna.

e)  Revisar los informes de las auditorías realizadas y presentarlos al Auditor General para su aprobación final.

f)   Participar en la formulación de políticas y directrices de la Auditoría Interna.

g)  Atender con la diligencia y oportunidad requerida todas las instrucciones que le imparta el Auditor General en materia de diseño, implementación, dirección, evaluación y mejora de la calidad de los procesos, procedimientos, productos y servicios de la Auditoría.


 

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