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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34575 >> Fecha 10/03/2008 >> Articulo 28
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34575 - Articulo 28
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SECCIÓN VII

SECCIÓN VII

De las relaciones y coordinaciones

Artículo 28.—Relaciones y coordinación. La Auditoría Interna mantendrá relaciones y coordinaciones con el Ministro de Salud, la administración activa, con los titulares subordinados del Ministerio de Salud y otras instancias internas y externas, fundamentalmente con la Contraloría General de la República, Instituciones de Control y fiscalización, Comisiones Legislativas, Ministerio Público, Procuraduría General, denunciantes y otras pertinentes.

Corresponderá al Auditor General administrar esas relaciones y regular las de los demás funcionarios de la Auditoría Interna con los órganos internos y externos del ámbito de su competencia institucional, a fin de que se realicen de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.


 

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