Artículo 30
Artículo 30.—Creación de
plazas. El Auditor General deberá proponer en forma debidamente justificada
al Ministro de Salud, la creación de plazas y servicios, así como la dotación
de recursos que considere indispensables para el cumplimiento de su plan de
trabajo y, en general para el buen funcionamiento de la Auditoría Interna. Asimismo deberá comunicar al
Ministro de Salud del impacto que sobre la fiscalización y el control tendrá la
limitación de recursos y sobre el riesgo que se asume y la eventual
responsabilidad que podría imputársele al respecto.
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