Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34575 >> Fecha 10/03/2008 >> Articulo 81
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 81     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 34575 - Articulo 81
Ir al final de los resultados
Artículo 81    (No vigente*)
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 81

Artículo 81.—Programas de trabajo específicos. El programa específico de trabajo de cada estudio de auditoría, será diseñado contemplando aquellos aspectos que se consideren de mayor interés para la Auditoría Interna. Este programa deberá ser elaborado por el equipo de trabajo asignado al estudio y aprobado por el Auditor General o Subauditor.


 

Ir al inicio de los resultados