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 Normativa >> Reglamento 045 >> Fecha 15/07/2008 >> Articulo 10
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Normativa - Reglamento 045 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10

Artículo 10.—Sinceridad. El funcionario de la Auditoría Interna debe estar siempre dispuesto a manifestarse con la verdad y a mostrarse ante las personas que le rodean tal y como es interiormente, manteniendo la verdad en las palabras y respondiendo ante estas con el pensamiento y las obras; con el propósito de fundamentar la confianza y la credibilidad en su gestión.


 

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