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 Normativa >> Reglamento 045 >> Fecha 15/07/2008 >> Articulo 25
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Normativa - Reglamento 045 - Articulo 25
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Artículo 25
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Artículo 25

Artículo 25.—Los funcionarios de este Órgano fiscalizador, no deben participar en ninguna actividad político-electoral, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipales.


 

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