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 Normativa >> Reglamento 045 >> Fecha 15/07/2008 >> Articulo 27
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Normativa - Reglamento 045 - Articulo 27
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Artículo 27
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Artículo 27

Artículo 27.—Los funcionarios deben abstenerse de manifestar conductas de acoso y hostigamiento de cualquier tipo, tanto internamente como con personas externas a la Auditoría Interna.


 

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