TRANSITORIO X
TRANSITORIO X.-Normativa de la Ley N.º 8204
De acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 54 de esta Ley, el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema
Financiero modificará, en lo que corresponda, la normativa para el cumplimiento
de la Ley N.º
8204, reforma integral de la Ley
sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y
actividades conexas.
En el mismo orden, el Poder
Ejecutivo actualizará la reglamentación de dicha Ley, de conformidad con lo
dispuesto en su artículo 165.
Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.-San
José, a los veintidós días del mes de julio del dos mil ocho.
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