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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34739 >> Fecha 29/08/2008 >> Articulo 127
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34739 - Articulo 127
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Artículo 127 -QUATER
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Artículo 127 quater. -Representación mediante Empresas de Servicios de Logística. La Declaración Aduanera presentada por una Empresa de Servicios de Logística se presumirá efectuada con el consentimiento del dueño de las mercancías para cualquier destinación de éstas.

(Así adicionado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 36725 del 26 de julio de 2011)

(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41263 del 16 de julio de 2018)

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