Artículo 127 quater.
-Representación mediante Empresas de Servicios de Logística. La Declaración Aduanera presentada por una Empresa de
Servicios de Logística se presumirá efectuada con el consentimiento del dueño
de las mercancías para cualquier destinación de éstas.
(Así
adicionado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 36725 del 26 de julio de
2011)
(Así
reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41263 del 16 de julio de
2018)
|