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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34765 >> Fecha 22/09/2008 >> Articulo 175
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34765 - Articulo 175
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Artículo 175
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Artículo 175

Artículo 175.—Clases de infracciones. Las infracciones en materia de telecomunicaciones pueden ser muy graves o graves según lo establecido en el artículo 67 de la Ley 8642. Para la valoración y determinación de las sanciones correspondientes en el caso de estas infracciones se estará a lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones 8642 y los Reglamentos vigentes para cada Capítulo.


 

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