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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34782 >> Fecha 20/06/2008 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34782 - Articulo 8
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Artículo 8    (No vigente*)
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Artículo 8º—Los Ministerios de Agricultura y Ganadería, de Salud, de Trabajo y Seguridad Social y de Ambiente y Energía, dentro de sus competencias, velarán por el cumplimiento de estas disposiciones

Artículo 8º—Los Ministerios de Agricultura y Ganadería, de Salud, de Trabajo y Seguridad Social y de Ambiente y Energía, dentro de sus competencias, velarán por el cumplimiento de estas disposiciones.


 

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