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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 34858 >> Fecha 20/10/2008 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 34858 - Articulo 23
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Artículo 23
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Artículo 23.—El SENASA, mediante el Manual de Procedimientos, establecerá el protocolo de vacunación autorizado, basado en criterios científicos y tomando en cuenta el tipo de vacuna a utilizar y el estatus sanitario del hato. Los animales vacunados serán claramente identificados según lo indicará el referido Manual de Procedimientos.


 

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