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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35242 >> Fecha 18/11/2008 >> Articulo 22
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35242 - Articulo 22
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Artículo 22
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CAPÍTULO V

CAPÍTULO V

Sistema participativo de garantía o certificación participativa

 

Artículo 22.—El Sistema Participativo de Garantía (SPG), es restringido para los mercados locales, en el ámbito del mercado nacional y se puede utilizar, para su comercialización, la denominación de “Producto orgánico, ecológico o biológico certificado por el SGP”, indicando la localidad de origen.


 

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