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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35242 >> Fecha 18/11/2008 >> Articulo 30
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35242 - Articulo 30
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Artículo 30
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Artículo 30

Artículo 30.—Los integrantes de la UT no percibirán dietas ni emolumento alguno adicional por participar e integrar la UT.


 

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