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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35242 >> Fecha 18/11/2008 >> Articulo 43
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35242 - Articulo 43
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Artículo 43
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Artículo 43

Artículo 43.—Procedimiento para recomendar la exoneración del impuesto sobre las ventas: La documentación será recibida, revisada y analizada por la UT, si los documentos cumplen con los requisitos establecidos en este Reglamento, se recomendará la exoneración al Ministerio de Hacienda, aplicando el procedimiento correspondiente para la decisión final. La UT comunicará la decisión al interesado, con copia al Ministerio de Economía Industria y Comercio y a la Dirección General de Tributación, a efecto de que el interesado realice los trámites de inscripción correspondientes.


 

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