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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 35513 >> Fecha 09/09/2009 >> Articulo 27
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Normativa - Decreto Ejecutivo 35513 - Articulo 27
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Artículo 27
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            Artículo 27.—En cada Provincia, las Direcciones Regionales de Educación podrán establecer acuerdos de cooperación entre ellas con el propósito de impulsar estrategias, planes, programas y proyectos conducentes a promover el desarrollo educativo de la Provincia como un todo, así como enfrentar problemas comunes.


 

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