Artículo
63.—El Departamento de Asesoría Pedagógica se reunirá,
de manera ordinaria, una vez por mes, con el propósito de dar seguimiento y
evaluar la ejecución del Programa Regional de Asesoría Pedagógica, así como
coordinar acciones relacionadas con programas y proyectos de alcance nacional,
impulsados desde el Viceministerio Académico, por medio de las distintas
dependencias que conforman el área académica de las Oficinas Centrales. Para
efectos de control y seguimiento, el Jefe del Departamento de Asesoría
Pedagógica llevará un registro de actas de las reuniones realizadas, detallando
en cada caso la agenda, los participantes y una breve referencia de los temas
tratados, así como los acuerdos adoptados.
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