Artículo 69.—Para el cumplimiento de
sus funciones, el Departamento de Servicios Administrativos y Financieros
desarrollará para efectos operativos tres procesos relacionados: a) Gestión
Administrativa y de Servicios de Apoyo, b) Gestión de Juntas de Educación y
Juntas Administrativas y c) Gestión del Recurso Humano. Cada proceso contará
con su correspondiente programación anual, la que deberá ser consistente con lo
establecido en el Plan Anual Operativo (PAO) de la Dirección Regional
de Educación.
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