CAPÍTULO V
Disposiciones transitorias
Transitorio
I.—Para determinar la distribución del canon de
regulación para cada mes del año 2009, una vez entrada en vigencia este
Reglamento, se seguirá la siguiente fórmula:
Canon por pagar por operador o
proveedor en el año 2009:
Rige a partir de su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.
San José, 29 de setiembre del 2009.
|