CAPÍTULO II
De la distribución del canon de
regulación
Artículo 4º—Distribución del
canon de regulación: Cada operador de redes de telecomunicaciones y cada
proveedor de servicios de telecomunicaciones, deberá pagar un canon de
regulación anual que se determinará de conformidad con el artículo 82 de la Ley 7593. La SUTEL distribuirá el canon
de regulación que deberá ser cancelado por los operadores de redes de
telecomunicaciones y proveedores de servicios de telecomunicaciones regulados
por la
Superintendencia de Telecomunicaciones (operadores y
proveedores), en base al canon aprobado por la Contraloría General
de la Republica
en cada periodo respectivo, considerando los criterios de proporcionalidad y
equidad.
La fórmula que se presenta para el
año 2009 corresponde al concepto del canon de regulación mensual que se deberá
cancelar por parte de todos los operadores y proveedores.
Para
el año 2009, se calcula el monto total de canon de regulación por someter al
cobro del mes “n”, como el resultado que se obtiene de sumar el canon aprobado
a la Dirección
de Telecomunicaciones-DITEC para el 2009, y el ajuste a dicho canon por parte
de la SUTEL en
el 2009 menos el monto recaudado por la SUTEL hasta el mes anterior (mes “n-1”). Todo este monto total es
luego dividido entre el número de meses restantes en el año (“13-n”), cuyo
divisor representa la manera de distribuir en partes iguales a lo largo del
tiempo (mensualmente) el remanente del monto total de cobro.
La
diferencia en fórmulas para el año 2009 y 2010, radica en que para el año 2010,
se tiene un monto total que es producto de las necesidades de SUTEL y en el año
2009, el resultado es la suma de las necesidades que en su momento tenía la DITEC para el 2009, y lo que
la SUTEL
consideró como necesario incrementar para poder llevar a cabo sus labores.
Canon
por pagar por operador o proveedor:
Esta fórmula corresponde al canon de
regulación que deberá cancelar mensualmente cada operador o proveedor de manera
proporcional a su participación en el mercado de las telecomunicaciones. La
sumatoria de los ingresos brutos, o en el caso de los operadores o proveedores
nuevos, de los ingresos proyectados, representa el tamaño total del mercado.
Así que dividiendo los valores particulares de ingreso por operador o proveedor
entre este total general permite obtener su peso relativo y por ende el
porcentaje del canon de regulación que deberá ser cancelado en el mes
respectivo.
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