Artículo 44.—De las
funciones y organización de la Oficina Costarricense de Implementación
Conjunta. Refiérase al Decreto Ejecutivo Nº 31676 MINAE, del 16 de enero
de 2004.
- (Así
reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 36437 del 24 de
enero del 2011)
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