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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36039 >> Fecha 02/03/2010 >> Articulo 8
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36039 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8º—El Plan debe redactarse siguiendo lo establecido en la Guía para la elaboración del Plan para el Manejo y la Disposición Final de Medicamentos, Materias Primas y sus residuos, publicada para tal efecto en la página web del Ministerio de Salud y además, debe contemplar la técnica de disposición de los medicamentos, materias primas y sus residuos, según las categorías de clasificación y los métodos y procedimientos que se describen en los Anexos A y B del presente Reglamento.


 

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