ARTÍCULO 15.- Requisitos del programa de residuos
por parte de los generadores
Los requisitos y el
contenido de los programas de manejo integral se sujetarán a lo previsto en los
reglamentos que se deriven de esta Ley, así como a los formatos que se
establezcan para tal fin, y deberán incorporar la jerarquización de la gestión
integral de residuos establecida en esta Ley.
|