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 Normativa >> Ley 8839 >> Fecha 24/06/2010 >> Articulo 12
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Normativa - Ley 8839 - Articulo 12
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Artículo 12    Tipo: Transitorio
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TRANSITORIO XII.-

En un plazo máximo de nueve meses, el Ministerio de Salud deberá establecer el Sistema nacional de información contemplado en esta Ley.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil diez.

 

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