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 Normativa >> Ley 8839 >> Fecha 24/06/2010 >> Articulo 32
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Normativa - Ley 8839 - Articulo 32
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Artículo 32
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CAPÍTULO VI

OBLIGACIONES DEL ESTADO

(Así modificada la numeración del capítulo anterior por el artículo 2° de la ley N° 10031 del 4 de octubre de 2021, que lo traspaso del antiguo capítulo V al capítulo VI)

ARTÍCULO 32.-  Presupuestos

Las instituciones de la Administración Pública, empresas públicas y municipalidades podrán incluir en sus planes anuales operativos y en sus presupuestos las partidas anuales para establecer e implementar sus respectivos planes de gestión integral de residuos.

(Así modificada su numeración por el artículo 2° de la ley N° 10031 del 4 de octubre de 2021, que lo traspaso del antiguo artículo 27 al 32)

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