Artículo 11.—Los
recipientes destinados a contener las bolsas con residuos sólidos ordinarios
antes de su recolección, deberán ser de tal forma que estando cerrados no
permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos.
Estarán construidos de material liso e impermeable que permita su lavado y
limpieza. Su volumen y peso no deberán afectar la salud ni la seguridad de los
usuarios y trabajadores.
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