CAPÍTULO XIII
De las sanciones
Artículo 68.—Los usuarios
de los servicios que incumplieran con las disposiciones del presente
reglamento, serán denunciados ante los tribunales correspondientes, conforme
con las disposiciones contenidas en la Ley General de Salud, Ley de Conservación de Vida
silvestre, Ley Orgánica del Ambiente y la Ley para la Gestión Integral
de Residuos.
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