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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36235 >> Fecha 05/07/2010 >> Articulo 114
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36235 - Articulo 114
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Artículo 114
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Artículo 114.—Las gestiones de los servidores deberán ser planteadas por escrito, salvo que por la naturaleza del asunto no sea necesario.


 

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