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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36235 >> Fecha 05/07/2010 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36235 - Articulo 15
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Artículo 15
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CAPÍTULO IV

De la administración de recursos humanos,

nombramientos, ascensos, descensos, traslados y permutas

Artículo 15.—Todo lo concerniente a la administración de recursos humanos, a la implementación de los procesos para llevar a cabo las políticas y normativas de administración de personal, asesoría y orientación sobre esa área, será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos. No obstante lo anterior, todos los movimientos de personal, tales como nombramientos, traslados y reubicaciones debidamente motivados, serán competencia exclusiva del Ministro(a) o en quien éste delegue para tales efectos observando las formalidades exigibles para la delegación de los actos.


 

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