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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36356 >> Fecha 22/10/2010 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36356 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—Definiciones y siglas. Para efectos del presente Reglamento se entiende por:

Administración Activa: Uno de los dos componentes orgánicos del control interno. Desde el punto de vista funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de la Administración. Desde el punto de vista orgánico, es el conjunto de órganos de la función administrativa que deciden y ejecutan, incluyendo al jerarca, como última instancia.

Advertencia: Observación que hace la Auditoría Interna a los órganos pasivos que fiscaliza (incluyendo al jerarca), con el fin de prevenir sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.

Asesoría: Criterio, opinión u observación que comunica el Auditor Interno al jerarca u otro nivel de la Administración, para coadyuvar a la toma de decisiones o fortalecer el sistema de control interno institucional; lo anterior, en materia de su competencia y sin manifestar inclinación por una posición determinada, ni hacer sugerencia o recomendación. Las asesorías brindadas no son vinculantes para la administración activa, pero las actuaciones de este componente orgánico deben estar ajustadas al ordenamiento jurídico.

Auditor Interno: Funcionario que ostenta el cargo de Jefatura de la Auditoría Interna del SFE.

Auditoría Interna: Componente orgánico del sistema de control interno que integra el Sistema de Fiscalización Superior de la Hacienda Pública; según lo dispuesto en la LGCI.

(Así reformada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

CGR: Contraloría General de la República.

Conferencia final: Medio verbal de efectuar la comunicación de resultados que se realiza antes de remitir oficialmente la comunicación escrita relativa a los servicios de auditoría.

Director: El Director del Servicio Fitosanitario del Estado.

Directrices Generales: (Derogado por el por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Informe de auditoría: Documento impreso o electrónico mediante el cual, la Auditoría Interna comunica formalmente a la Administración Activa los resultados de un estudio de auditoría efectuado, el cual, responde a una estructura definida y aprobada por el Auditor Interno.

(Así reformada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Investigaciones de hechos irregulares: Comprenden las investigaciones de hechos irregulares que podrían generar algún tipo de responsabilidad (administrativa, civil y/o penal).

(Así adicionada la definición anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Jerarca: Superior jerárquico del SFE que debe cumplir con lo dispuesto en la LGCI; quien ejerce la máxima autoridad dentro de la organización. También entendiéndose Director.

(Así reformada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

LCCEI: Ley Nº 8422 del 6 de octubre de 2004, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (incluye sus modificaciones y reformas).

LGCI: Ley Nº 8292 del 31 de julio de 2002, Ley General de Control Interno (incluye sus modificaciones y reformas).

Lineamientos Generales: “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público” (L-1-2006-CO-DAGJ).

(Así adicionada la definición anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Manual Institucional de Cargos: Manual Institucional de Cargos para los Puestos excluidos del Régimen del Servicio Civil del MAG y sus Órganos adscritos (incluye sus modificaciones y reformas).

MNEAI: (Derogado por el por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Ministerio o MAG: El Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Ministro:Jerarca del MAG; quien tiene la competencia de valorar la atención de los Informes de Relaciones de Hechos mediante los cuales se recomienda el análisis de eventuales responsabilidades administrativas, bajo los supuestos del debido proceso.

(Así reformada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

MNGA: (Derogado por el por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

NCISP: Normas de Control Interno para el Sector Público (N-2-2009-CO-DFOE) emitidas por la CGR, y publicadas en la Gaceta Nº 26 del 6 de febrero de 2009 (incluye sus modificaciones y reformas).

NEAI: Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público Resolución (R-DC-119-2009) emitidas por la CGR y publicadas en La Gaceta Nº 28 del 10 de febrero del 2010 (incluye sus modificaciones y reformas).

NGA: Normas Generales de Auditoría para el Sector Público (R-DC-064- 2014) emitido por la CGR y publicado en La Gaceta Nº 184 del 25 de setiembre del 2014 (incluye sus modificaciones y reformas).

(Así adicionada la definición anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Plan Anual de Labores: Cronograma de las actividades que realizarán los funcionarios de Auditoría Interna durante el año o en determinado período de tiempo, el cual deberá estar basado en criterios razonables y fundamentados (especialmente en una valoración de riesgos), para determinar las prioridades de la actividad de la Auditoría Interna.

Reglamento: Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del SFE (incluye sus modificaciones y reformas).

Regulaciones Administrativas: Son regulaciones administrativas aquellas que norman de manera general, la naturaleza de la relación entre los funcionarios y su superior desde una perspectiva administrativa. Las que se refieran al Auditor Interno, al Subauditor Interno y demás personal de la Auditoría Interna, no deberán afectar el ejercicio de las funciones legalmente asignadas a la actividad de auditoría interna. Se excluyen las regulaciones que se refieren al desempeño de las actividades sustantivas de la Auditoría Interna y de aquellas que, sin formar parte de la gestión sustantiva, contribuyen a ésta conforme a la normativa específica sobre auditoría en general y sobre el ejercicio de la actividad de auditoría interna, como son la planificación, el seguimiento y la evaluación de la calidad de la Auditoría Interna, que en procura de la independencia funcional y de criterio, competen exclusivamente al titular de esa unidad.

(Así adicionada la definición anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Servicio o SFE: Servicio Fitosanitario del Estado, órgano de desconcentración mínima adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Servicios Administrativos: abarca entre otros la administración del personal, ejecución y control del presupuesto, administración del archivo de gestión, control de activos y la promoción de actividades de mejora.

Servicios de Auditoría: Están referidos a los distintos tipos de auditorías (auditorías financieras, operativas y de estudios especiales).

(Así reformada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Servicios de Seguimiento: Corresponde al seguimiento de recomendaciones, de disposiciones y de las observaciones vinculadas con los servicios preventivos.

(Así reformada la definición anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 40986 del 23 de febrero de 2018)

Servicios Preventivos: Incluyen las asesorías, advertencias y autorización de libros (razón de apertura y cierre de libros).

Servicios Técnicos: Abarca los servicios de auditoría, los servicios preventivos y los servicios de seguimiento.

Titular subordinado: Funcionario de la administración activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.

Universo auditable: Conjunto de áreas, dependencias, servicios, procesos, y sistemas, entre otros, que pueden ser evaluados por la Auditoría Interna.

 

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