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 Normativa >> Reglamento 244 >> Fecha 09/09/2010 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 244 - Articulo 1
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Artículo 1
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CONSEJO NACIONAL DE LA

PERSONA ADULTA MAYOR

La Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor en Sesión Ordinaria N° 244, celebrada el día jueves 09 de setiembre de 2010, mediante acuerdo número 9 aprobó el Reglamento de Becas y Facilidades para las y los funcionarios (as) del CONAPAM. El texto de dicho documento puede ser consultado en la dirección electrónica: www.conapam.go.cr/reglamentos.asp. Rige a partir de su publicación.

(Nota de Sinalevi: La presente norma se extrajo del sitio Web del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor http://www.conapam.go.cr/pdf/REGLAMENTO_BECAS.pdf, y se transcribe a continuación:)

REGLAMENTO DE BECAS Y FACILIDADES 
PARA LOS Y LAS FUNCIONARIOS (AS) DEL CONAPAM

En uso de las facultades conferidas por el numeral 103 inciso 1) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública  de 2 de mayo de 1978 y sus reformas y el artículo 28 inciso e) del Reglamento de la Ley No. 7935, Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, Decreto Ejecutivo No. 30438-MP del 19 de abril de 2002.

Considerando:

I.— Acorde con la normativa que rige las relaciones de empleo dentro del Régimen de Servicio Civil, los funcionarios y las funcionarias del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) tienen derecho a que se les brinde el adiestramiento o la capacitación que requieran mediante becas y facilidades que se promuevan por parte de organismos nacionales o internacionales y/o cuando exista el contenido presupuestario para ello, para lo cual deberán hacerse del conocimiento de todos (as) en su debida oportunidad.

II. — Que la Junta Rectora del CONAPAM en la  Sesión Ordinaria No. 140 celebrada el 24 de abril de 2006, aprobó el Manual para la Adjudicación de Becas, Participaciones, Seminarios, Foros, Cursos, Charlas, Capacitaciones, Talleres de Adiestramiento y otros Subsidios para Estudio y Similares al Personal y Miembros de la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM)

III.— Que no obstante lo anterior, luego de realizar un análisis jurídico del ámbito de aplicación y la materia que regula dicho Manual, se considera necesario derogarlo y en su lugar dictar un Reglamento de Becas para los (as) funcionarios (as) del CONAPAM.

IV.- Que la Junta Rectora del CONAPAM mediante Acuerdo número 9 de la Sesión Ordinaria número 244 del 9 de setiembre de 2010 resuelve aprobar el presente Reglamento. 

Por tanto,

Se aprueba el:

REGLAMENTO DE BECAS Y FACILIDADES 

PARA LOS Y LAS FUNCIONARIOS (AS) DEL CONAPAM

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1.- Ámbito de aplicación.  El presente Reglamento regula el concurso y la adjudicación de becas y otras facilidades para los (as) funcionarios (as) del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM).

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