Artículo 3.- Principios. Durante el proceso de concurso y
adjudicación de becas y otras facilidades, deberán observarse los siguientes
principios: igualdad, publicidad, democratización, idoneidad, calidad y
eficiencia, con el fin de que toda beca o facilidad se constituya en un
estímulo para el (la) funcionario (a) y se traduzca en una mejor prestación del
servicio público.
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