Artículo 17.—Elaboración y firma de los reportes
operacionales. Todo reporte operacional será elaborado y firmado por el
responsable técnico del reporte operacional. Además, deberá llevar la firma del
propietario o del representante legal del ente generador.
No podrá ser parte del personal del laboratorio que
haya realizado los análisis de emisiones del cual se está presentando el
reporte operacional.
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