Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 93 >> Fecha 09/08/2011 >> Articulo 13
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 13     >>
Normativa - Reglamento municipal 93 - Articulo 13
Ir al final de los resultados
Artículo 13
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 13.—La ciudadanía deberá estar informada sobre la forma de separar, preparar y entregar los residuos a la institución recolectora autorizada, así como también técnicas de clasificación de los residuos de los grupos señalados en el artículo 11 del presente reglamento.

Ir al inicio de los resultados