Artículo 21.—Para el
tratamiento de los residuos infectocontagiosos se debe seguir los lineamientos
del Reglamento sobre la gestión de los desechos infectocontagiosos que se
generan en establecimientos que presten atención a la salud y afines (Decreto
Ejecutivo Nº 30965-S) y cualquier otra indicación del Ministerio de Salud.
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