Artículo 30.—Unidad de Biometría y Sistemas de Información, funciones:
a) Integrar, sistematizar,
organizar, coordinar, evaluar y mantener actualizada la información estadística
correspondiente a los servicios del SFE.
b) Revisar, recolectar, describir, visualizar y
resumir datos originados a partir de la información recopilada en las bases de
datos del SFE, en coordinación con los departamentos.
c) Proponer y desarrollar indicadores estadísticos,
producto de la información captada por el SFE.
d) Generar modelos, inferencias y predicciones
asociadas a la información recopilada en las bases de datos del SFE.
e) Desarrollar y mantener bases de datos de
información geográfica necesarias para la vigilancia fitosanitaria.
f) Capacitar al personal del SFE, en la implementación de
técnicas de agricultura de precisión.
g) Apoyar y colaborar en el proceso de la
información censal de plagas, para el diseño de muestreo y para la evaluación
de las medidas fitosanitarias.
h) Resolver los recursos administrativos en el
ámbito de su competencia.
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