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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36807 - A >> Fecha 24/08/2011 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36807 - A - Articulo 5
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Artículo 5
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5. Designación y composición

5.1 Designación:

El producto que cumpla con este reglamento se designa como queso Cheddar

5.2 Composición:

Tabla 1. Composición de grasa láctea en el extracto seco

Componente de la leche

Contenido mínimo

Contenido máximo

(m/m)

(m/m)

Grasa Láctea en el extracto seco

22%

No restringido

Extracto seco

Según el contenido de grasa en el extracto seco, de acuerdo con los siguientes valores:

Contenido de grasa

en el extracto seco (m/m)

Contenido de extracto seco mínimo correspondiente (m/m)

Igual o superior al 22% pero inferior al 30%

49%

Igual o superior al 30% pero inferior al 40%

53%

Igual o superior al 40% pero inferior al 48%

57%

Igual o superior al 48% pero inferior al 60%

61%

Igual o superior al 60%

66%

Las modificaciones en la composición, que excedan los valores mínimos o máximos especificados anteriormente para la grasa láctea, la humedad del producto desgrasado y el extracto seco, no se consideran conformes a lo dispuesto en el apartado 4.3.3 del Decreto Ejecutivo Nº 33288(*)-MEIC-MAG-S, Reglamento Técnico RTCR 395:2006 Para el uso de términos lecheros, publicado en La Gaceta Nº 164 del 28 de agosto de 2006.

(*) (Nota de Sinalevi: Mediante decreto ejecutivo N° 38070 del 18 de julio de 2013, se aprobó la Resolución N° 312-2013 (COMIECO-LXV) del 21 de junio de 2013, y su anexo: Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.65:12 Uso de Términos Lecheros, aprobada mediante decreto ejecutivo N° 38070 del 18 de julio de 2013. De conformidad con el numeral 3° del decreto referido a partir de la fecha de entrada en vigencia de la resolución N° 312-2013 (COMIECO-LXV) de fecha 21 de junio del 2013 y su Anexo, aquellas referencias normativas contenidas en los Reglamentos Técnicos Nacionales hechas al Decreto Ejecutivo N° 33288-MEIG-MAG-S del 16 de mayo del 2006; publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 164 del 28 de agosto del 2006; denominado RTCR: 395-2006 “Para el uso de términos lecheros”,  se entiendan hechas al “Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.65:12 Uso de Términos Lecheros”, publicado mediante  decreto ejecutivo N° 38070 del 18 de julio de 2013)

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