7. Materias Primas
7.1 Ingredientes lácteos
Leche
u otros productos obtenidos de la leche.
7.2 Ingredientes no lácteos
7.2.1 Cultivos iniciadores de bacterias inocuas del
ácido láctico y productoras de aroma y cultivos de otros microorganismos inocuos;
7.2.2 Cuajo u otras enzimas coagulantes inocuas;
7.2.3 Cloruro de sodio, cloruro de potasio o una
mezcla de ambos;
7.2.4 Cloruro de calcio;
7.2.5 Agua potable;
7.2.6 Condimentos y especias;
7.2.7 Hierbas, vegetales y frutas frescas y
procesadas;
7.2.8 Productos cárnicos procesados.
7.2.9 Humos naturales y artificiales en extractos
acuosos u oleosos;
7.2.10 Enzimas inocuas idóneas para potenciar el
proceso de maduración;
7.2.11 Coadyuvantes de elaboración inocuos.
7.2.12 Harinas y almidones de arroz, maíz, trigo y
papa. No obstante las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 34922-MEIC-MAG-S
(*), Reglamento Técnico Nº RTCR 407:2007 general para quesos, publicado en La
Gaceta Nº 238 del 09 de diciembre del 2008, estas sustancias pueden
utilizarse con la misma función de agentes antiaglutinantes,
sólo para tratamiento de la superficie de productos cortados, rebanados y
desmenuzados, siempre que se añadan únicamente en cantidades funcionalmente
necesarias, según exigen las buenas prácticas de manufactura (BPM), teniendo en
cuenta toda utilización de los agentes antiaglutinantes
enumerados en el apartado de aditivos alimentarios.
(*)(Nota de Sinalevi: Mediante el
artículo 3° del decreto ejecutivo N° 39678 del 9 de octubre del 2015 “Publica
la Resolución N° 366-2015 (COMIECO-LXXII) del 24 de junio de 2015 y su Anexo:
Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.04.70:14 Productos Lácteos. Quesos.
Especificaciones” se establece lo siguiente: " Modifiquense todas aquellas referencias normativas
contenidas en los Reglamentos Técnicos nacionales hechas al Decreto Ejecutivo
Nº 34922-MEIC-MAG-S del 03 de octubre de 2008; denominado "Reglamento Técnico RTCR 407:2007 General para Quesos" derogado
por este Decreto Ejecutivo para que, a partir de la fecha de entrada en
vigencia de la Resolución Nº 365-2015 (COMIECO-LXXII) de fecha 24 de junio de 2015 del
Consejo de Ministros de Integración Económica, tales referencias se entiendan hechas según
corresponda al "Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67. 04. 70: 14 Productos Lácteos. Quesos. Especificaciones", publicado
mediante el presente Decreto Ejecutivo.")