Artículo 17.—De las Funciones del Departamento de Cooperación
Internacional. Son funciones del Departamento de Cooperación Internacional
las siguientes:
a) Asesorar a la Secretaría General en la toma de
decisiones respecto a la política de cooperación internacional.
b) Coordinar las acciones con la Dirección de
Cooperación Internacional y Relaciones Internacionales del MINAET.
c) Canalizar el uso adecuado de la cooperación
técnica y financiera de los organismos donantes internacionales a lo interno de
la SETENA.
d) Definir prioridades, tareas y acciones
inmediatas de la cooperación de los donantes en función de las necesidades
técnicas y financieras de los Departamentos, de la Comisión Plenaria y de la
Secretaría General de la SETENA.
e) Representar a la Secretaría General de la
SETENA ante organismos internacionales de cooperación técnica y financiera,
cuando se requiera.
f) Recibir y atender misiones internacionales de
organismos donantes cuando se requiera.
g) Representar a la Secretaría General cuando así
lo amerite en los Tratados Internacionales.
h) Elaborar propuestas de proyectos dentro del
marco de la cooperación técnica y financiera internacional.
i) Asesorar a la Secretaría General y a la
Comisión Plenaria en materia de cooperación internacional y de política
internacional.
j) Dar seguimiento a los proyectos que se
tramitan con las agencias donantes de la cooperación internacional, Embajadas,
Agencias de Cooperación para el Desarrollo, Organismos no gubernamentales y
Organismos Multilaterales.
k) Participar en Comisiones Especiales para
análisis de proyectos específicos, cuando se requiera.
l) Elaborar términos de referencia para proyectos
específicos de la SETENA.
m) Participar en el análisis de proyectos de ley
referentes a diferentes sectores, en el ámbito de la Cooperación Internacional.
n) Coordinar y planificar con los distintos
enlaces de cooperación internacional de las dependencias del MINAET, el plan de
cooperación externa.
o) Atender al público en general en lo atinente a
Cooperación Internacional.
p) Establecer y ejecutar planes de acción para la
búsqueda de recursos humanos, financieros, logísticos, y tecnológicos, ante las
instituciones representadas en la SETENA y organismos de cooperación
internacional para el buen funcionamiento de la Secretaría.
q) Elaborar el manual de procedimientos del
departamento y someterlo a consideración de la Comisión Plenaria.
r) Participar en la revisión de la Reglamentación
atinente a SETENA cuando se requiera.
s) Rendir los informes al Secretario (a) General
que le sean requeridos en materia de su competencia.
t) Todas aquellas otras necesarias para el
efectivo y eficiente cumplimiento de sus funciones y el interés institucional.