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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 36868 >> Fecha 12/09/2011 >> Articulo 21
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Normativa - Decreto Ejecutivo 36868 - Articulo 21
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Artículo 21
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Artículo 21.—Dadas las restricciones en la venta de sustancias psicotrópicas y estupefacientes, no se permitirá la publicidad de las mismas en ningún medio de comunicación; ni se permitirá ninguna promoción de éstas.

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