CAPÍTULO II
Condiciones para la
aplicación de la limitación
de responsabilidad
SECCIÓN PRIMERA
Disposiciones comunes
Artículo 6º—Condiciones Generales. Además de
las disposiciones específicas establecidas en la Sección Segunda de
este Capítulo, todos los proveedores de servicios, para poder beneficiarse de
las limitaciones de responsabilidad, deberán cumplir con las siguientes
condiciones generales:
a) Establecer e implementar políticas
mediante las cuales se establezcan las causas por las que se daría término a
las cuentas o la resolución del contrato de aquellos usuarios calificados como
infractores reincidentes de los derechos protegidos por la Ley de Derechos de Autor y
Derechos Conexos.
b) Adaptar y no interferir con las
medidas tecnológicas efectivas y de gestión de derechos de autor y derechos
conexos generalmente utilizadas para proteger tales derechos, siempre que éstas
estén disponibles en términos razonables y no discriminatorios, y que no
impongan costos sustanciales a los proveedores de servicios ni cargas
significativas a sus sistemas o redes.
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