Artículo 127.- Requisitos para la ampliación.- En caso de que la parte
interesada se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el artículo
anterior, para la aprobación de la ampliación, deberá cumplir con los
siguientes requisitos:
a) Completar y firmar la
solicitud de ampliación de licencia que elabore y publique la UCFP.
b) Estar al día con todas
las obligaciones inherentes al registro como importador, exportador o
reexportador de precursores o químicos esenciales. De manera prioritaria, el
solicitante debe encontrase al día con la presentación de los reportes
mensuales de movimientos de precursores, de forma que pueda ser definida y
justificada la necesidad de la ampliación.
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