Artículo 74.- Lineamientos de asignación de bienes.- Para la asignación de
bienes decomisadosa favor del ICD, las instituciones beneficiarias deberán
cumplir con los lineamientos que para tales efectos dicte la Unidad de
Administración de Bienes Decomisados y Comisados.
Asimismo, la institución debe aportar una certificación del contenido
presupuestario en donde se detalle las partidas presupuestarias
correspondientes para cubrir los gastos relacionados con el mantenimiento, la
pérdida o destrucción del bien, en caso de que estos no puedan ser cubiertos por
el seguro correspondiente. Esta certificación será presentada anualmente.
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