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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 37037 >> Fecha 12/03/2012 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 37037 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11º- Durante el mes de febrero del año siguiente al que se recibieron las postulaciones para obtener el premio, el Jurado anunciará el ganador del Premio Nacional Deportivo Claudia Poll. 

El premio puede ser otorgado más de una vez a las mismas personas; en todo caso, el jurado deberá valorar y considerar la trayectoria y logros deportivos de los demás candidatos para fundamentar su decisión, exponiendo los motivos por los que considera que el premio debe entregarse nuevamente a las mismas personas. Cuando lo considere necesario, el jurado podrá recurrir al asesoramiento técnico de entidades especializadas en materia deportiva. 

El premio podrá ser otorgado a un deportista individual o un equipo. También, podrá el jurado otorgarlo de manera compartida a un máximo de cinco deportistas individuales, en cuyo caso el dinero que supone el premio será distribuido por partes iguales entre los ganadores. 

Cuando el premio sea otorgado a los integrantes de un equipo, el dinero en efectivo se distribuirá por partes iguales entre todos sus integrantes, entendidos por integrantes los deportistas que hayan sido inscritos para participar y hayan asistido a la competencia en la cual ganaron el título o la medalla por el cual se les otorga el premio, independiente de que hayan efectivamente participado en los juegos del torneo o campeonato. No se entenderán como integrantes del equipo para efectos de distribución del premio, el equipo técnico o de apoyo que lo haya asistido.

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