Artículo 7°-
Del 1º de enero al 31 de diciembre de los años pares, el jurado que otorga el
premio, recibirá postulaciones para hacerse acreedor del mismo. Con la
postulación deberán acreditarse los títulos o medallas obtenidas en juegos
olímpicos, torneos o campeonatos mundiales y el curriculum respectivo.
|